miércoles, 10 de noviembre de 2010

REGLAS DE PRELACIÓN VIAL

1. ESPECIFICACIONES PARA EL USO DE LOS CARRILES: De acuerdo con el nuevo código de tránsito, en su Artículo 68, los vehículos deben transitar de la Siguiente forma:
1.1. Vía de sentido único de tránsito:   En  aquellas vías con velocidad reglamentaria  para
 Cada carril de circulación, los vehículos utilizarán éste de acuerdo con su velocidad de marcha en  aquellas vías donde los carriles no tengan reglamentada su velocidad, los vehículos transitarán por el carril derecho y los demás carriles se emplearán para maniobras de adelantamiento.
1.2. Vías de doble sentido de tránsito:  De dos  carriles: transitar por el carril de su derecha y utilizar con precaución el carril de su 
Izquierda para maniobras de adelantamiento, r
espetando siempre la señalización respectiva.

De tres  carriles: los vehículos deberán transitar por los carriles extremos que queden a 

Su derecha, el carril central sólo se utilizará en el s
entido que señale la autoridad competente.

1.3. Intersecciones: 
Mucho antes de girar a la derecha o izquierda recuerde que debe utilizar los espejos para asegurarse la posición y el movimiento del tráfico que viene detrás suyo, en el nuevo código de Tránsito en su artículo 70, habla sobre la norma de prelación en intersecciones y situaciones de giros en las cuales dos o más vehículos puedan Interferir, estas son:
1.3.1. Cuando dos o más vehículos transiten en sentido contrario por una vía de doble sentido del tránsito e intenten girar al mismo lado, tiene prelación el que va a girar a la derecha; en las
pendientes, tiene prelación el vehículo que sube.
1.3.2. Si dos o más vehículos que transitan en sentido opuesto llegan a una intersección y uno de ellos va a girar a la izquierda, tiene prelación el vehículo que va a seguir derecho.
1.3.3. Al acercarse a una glorieta, decida lo antes posible cual es la salida que necesitará, para así
Ingresar por el carril correcto. Reduzca la Velocidad cuando llegue a la glorieta, usted tiene la obligación de ceder el paso a los vehículos que circulan en ella.
1.3.4. Cuando desee girar a la izquierda o a la derecha, debe buscar con anterioridad el carril más cercano a su giro e ingresar a la otra vía por el carril más próximo según el sentido de circulación.

1.4. Giro en "U" Se denomina giro en "U" aquella maniobra en la cual el vehículo gira 180° tomando la dirección contraria a la que venía. Estos giros pueden realizarse en vías de doble tránsito cuando no existe línea central continua, así como en avenidas provistas para ello, siempre y cuando no esté expresamente prohibido .

            


  

6 comentarios:

  1. Me parece muy interesante conocer esta información que, más que eso son tips muy útiles para el conductor; pero sería bueno resumirlo un poco y hacerlo más simple, porque algunas partes dan la impresión de que fueron copiadas textualmente.
    by: María José Bernal.

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  2. El contenido esta muy interesante y facil de entender, y leerlo es una manera de aprender un poco acerca de las reglas de la prelación víal
    Att: Isabel Cossio

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  3. Muy facil de entender! gracias, esta es otra de las entradas que deberían tener todos los conductores para recordar y saber.
    resuman!
    Manuela Rpo.

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  4. Ma parece muy bueno el contenido y muy completa y concreta la información; gracias me ayudó a entender muchas cosas que no conocía.
    Cami C

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  5. muy interesante gracias a eso aprendi mas cosas y lo explicaron super bien y muy resumido !!

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  6. Si voy por una carrera con 2 carriles de sentido opuesto. Y el vehículo que va adelante mío gira a la izquierda para entrar a un parqueadero, debe esperar que yo pase para girar o puede detener el tráfico de mi carril hasta que no vengan vehículos en sentido contrario??

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